NUEVO FALLO DEL T.S.J., RATIFICANDO LO DICHO EN EL 1° RESOLUCIÓN, BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY
Ante un nuevo intento de sesionar el TSJ, Apercibe al Consejo.
Córdoba, 9 de mayo de 2024.
Proveyendo a los escritos que anteceden presentados por los Dres. Nadine del Valle Juárez y Lucas Federico Marcos: Agréguense los escritos acompañados y la documental incorporada digitalmente. Téngase presente lo manifestado. A lo peticionado, estese a lo resuelto en el proveído de fecha 6/5/2024 en cuanto ordena "Hacer saber al Concejo Deliberante de la ciudad de La Calera, como así también particularmente a las concejales Sofía Fernández Montero y Analía Beatriz Marcos, quienes se arrogan la calidad de presidentes del cuerpo y se atribuyen su representación, que deberán abstenerse de modificar la situación fáctica y jurídica que origina la presentación de autos, como así también suspender toda medida relacionada con el ejercicio de las funciones que se arrogan"; bajo apercibimiento de ley (art. 804 del Código Civil y Comercial; art. 239 del Código Penal; art. 138 del Código Procesal Penal de la Provincia; art. 76 de la Ley n.° 5805, entre otras). Notifíquese por Secretaría.
Texto Firmado digitalmente por:
RUBIO Luis EnriqueVOCAL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Fecha: 2024.05.09
FAZIO JavierSECRETARIO/A T.S.J.
Fecha: 2024.05.09